viernes, 4 de julio de 2014

Conoce las bonificaciones a la contratación disponibles en 2014

Por Emprende con Talento (@EmprendeTalento)

La Tarifa Plana de 100 euros en los contratos indefinidos alcanzó el 11 de junio la cifra de 81.405 beneficiarios, según datos del Ministerio de Empleo.

Aunque el dato es significativo, existen otros muchos incentivos, menos conocidos que la Tarifa Plana, que conviene conocer de cara a la contratación de personal.

1. Colectivos cuya contratación indefinida está bonificada.

- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Desempleados menores de 30 años.
- Personas discapacitadas.
- Personas en situación de exclusión social.
- Personas en situación de exclusión social contratadas en empresas de inserción.
- Víctimas del terrorismo.

2. Tarifa plana a la contratación de trabajadores indefinidos.

Una de las últimas medidas aprobadas por el Gobierno para incentivar la contratación en 2014 ha sido la aplicación de una Tarifa Plana de 100 euros para cualquier empleador que contrate trabajadores (sin límite de edad) de forma indefinida.

Entre las condiciones para solicitar la Tarifa Plana de 100 euros destaca que las contrataciones supongan un aumento de la plantilla y que se mantenga el nivel de empleo durante al menos 36 meses.

La bonificación tendrá una duración de 24 meses, con una ampliación de 12 meses en los que se aplicará una reducción del 50% sobre la cotización normal. Esta bonificación sólo se aplicará a las contrataciones efectuadas entre el 25 de febrero y el 31 de diciembre de 2014.

3. Colectivos beneficiados con bonificaciones a la contratación temporal.

- Jóvenes desempleados inscritos en una oficina de empleo, contratados para la formación y el aprendizaje.
- Personas discapacitadas.
- Trabajadores en situación de exclusión social.
- Víctimas del terrorismo.
- Contratos de interinidad para sustituir a trabajadores en diversas situaciones.
- Contratos de interinidad con discapacitados para sustituir a trabajadores discapacitados.

4. Bonificaciones a la contratación de jóvenes.

- 100% a la Seguridad Social para autónomos o microempresas que contraten a jóvenes de forma indefinida a tiempo parcial o a jornada completa.
- 100% de las cuotas a la Seguridad Social para los jóvenes autónomos que contraten a un desempleado mayor de 45 años.
- 100% de las cuotas a la Seguridad Social para empresas o autónomos por contratar a jóvenes a tiempo parcial con vinculación formativa.
- Bonificación durante tres años de las cuotas a la Seguridad Social, para empresas o autónomos que contraten temporalmente a jóvenes sin experiencia laboral y los transformen en indefinidos a los pocos meses.
- 50% de las cuotas a la Seguridad Social para empresas o autónomos que contraten en prácticas a jóvenes sin experiencia laboral.
- Bonificación durante tres años de las cuotas a la Seguridad Social para cooperativas o sociedades laborales que incorporen a jóvenes como socios trabajadores o de trabajo en el Régimen General de la Seguridad Social.

5. Otros tipos de contratos que son menos comunes, cuya conversión en indefinidos también da lugar a bonificación.

Sustitución por jubilación anticipada. Este contrato tiene por objeto la contratación de trabajadores desempleados en sustitución de trabajadores que anticipen su edad ordinaria de jubilación de 65 a 64 años.

Contrato de relevo. Es el que se concierta con un trabajador en situación de desempleo o que tuviera concertado con la empresa un contrato de duración determinada, para sustituir parcialmente a un trabajador de la empresa que accede a la pensión de jubilación de forma parcial, pues la percibe simultáneamente con la realización de un trabajo a tiempo parcial en la misma empresa.

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